CONCLUYE EL CUATRIENIO PARA EL INTERINATO ¿QUE SIGUE?

 

            En el presente trabajo se conglomeran las posturas de ciertos filósofos sobre el tema de la Justicia Social, y como estos puntos de vistas se asocian con los procesos de búsqueda de la justicia por parte del Gobierno Interino de Juan Guaidó en Venezuela, en el marco de la incertidumbre de ¿Qué sucederá cuando acabe el periodo constitucional el interinato venezolano con respecto a los temas sociales y de mitigación de la problemática venezolana?

Síntesis de los aspectos principales de la lectura elegida

¿Qué es y para que sirve la filosofía Política? – Adam Swift

            Iniciando la lectura, el capítulo principal en el cual se centra su discurso es sobre el tema de “Justicia Social”; donde hace referencia que cuando se habla de Justicia sobre repartición de bienes no privados (distributiva), el termino fue acuñado y platicado principalmente en los años 384-322 a.C, donde Aristóteles el filósofo, la nombra la Justicia Distributiva. Pero el termino en sí de “Justicia Social” empezó su aparición en los discursos filosóficos y políticos en el año 1850. Hay que comprender que, para poder abarcar esta terminología, se debe comprender muy bien los significados de Justicia, Libertad e Igualdad y la diferencia entre ellos, según indica Swift.


El concepto básico de justicia sostiene que esta consiste en dar a las personas lo que les corresponde, y no darles lo que no les corresponde. (Al menos eso es lo que mucha gente piensa, si bien es cierto que hasta en esto encontraríamos discrepancias). Lo que les corresponde, no lo que sería bueno que tengan, no lo que habría que darles por cortesía. Ni siquiera lo que sería moralmente correcto darles. Lo que reciben porque es su derecho. (Swift, 2016)

            No se puede hablar de libertad sin mencionar al ente regulador, propiciador y otorgador de la libertad: El Estado. Si bien es cierto que todos somos seres libres, individuales y propiedades privadas corporales, se debe entender que, sin el Estado, es muy complejo manejar las libertades y los niveles de lo que percibimos como libertad cada individuo, tomando en cuenta que mi libertad no puede dar paso a la violación de la libertad del otro. Es por eso por lo que se debe percibir al Estado, como “el agente colectivo de los ciudadanos”, como lo explica Swift, y no es algo separado o retirado, sino que sus representantes deben comparecer ante las leyes como todos, como también en la “Justicia Social”. “La justicia es la primera virtud de las instituciones sociales”. (Ralws, 1971).

            Pero la justicia social tiene un estrecho vinculo con el derecho de las personas, donde muchos autores entrelazan ideas o se distancian de las definiciones, o como en el caso de Swift (2016). “Lo que les corresponde a las personas, tiene mucho -aunque no todo- que ver con aquello a lo que tienen derecho”. Y es aquí donde existe un estrecho vinculo entre el derecho y la justicia, siendo el punto de inflexión, concordancia o distanciamiento de las distintas definiciones que pueden otorgárseles a “Justicia Social” o al “Derecho”.

Pero también existe la moral o principios de humanidad, que es muy diferente a Justicia Social; pues desde la moral o la humanidad, podemos ser caritativos sin aplicar una ley que obligue serlo, ni mucho menos por razones de justicia. Pero ¿hasta qué punto es factible la justicia social es distributiva o redistributiva en nuestra sociedad? “Cualquier redistribución coercitiva por parte del Estado, además de la satisfacción de las necesidades básicas comunes, implica interferir de forma injustificable en la libertad individual”. (Hayek, 1944)

            A nivel económico y su planeación estratégica en un gobierno o Estado, que busque como fin redistribuir recursos, para obtener objetivos de distribución particular de los mismos, se puede tener la apreciación que Hayek, que a mi parecer es la correcta.

Los intentos de planificar la economía o redistribuir recursos a fin de alcanzar objetivos distributivos particulares no solo invaden la propiedad individual, sino que también conllevan distorsiones ineficientes de procesos de mercado que, cuando actúan por si mismos, tienden a largo plazo a beneficiar a todo el mundo. (Hayek, 1944)

            Existe un principio de equidad que puede ser visto desde la ignorancia, tal como lo explica Swift (2016). Existiendo una relación de ambos aspectos; pues, si un individuo no sabe que porción de la torta le tocará, es más probable que la corte de manera equitativa que si lo supiera. Limitar a los individuos de cierto conocimiento particular, implica que elegirán principios equitativos, en lugar de lo contrario, en la mayoría de los casos. Pero como indican los principios de Ralws (1971). Imagina que los principios distributivos para ser analizados desde la razón, se debe percibir a los individuos sin saber quienes son, pensando a los ciudadanos y a nosotros como iguales, maximizando y observando las condiciones minimas (maximin) de vida y calidad de cada uno, para poder partir desde allí hacia una distribución.

            El Estado no es el absoluto totalitario en una sociedad democratica, ni es el unico encargado de impartir propuestas y políticas sociales. “Es importante que todos los que viven en una sociedad la respalden de tal modo, que se comprometan con ella.” (Swift, 2016). Debemos comprender esto como sociedad para la participación en la justicia de una manera colectiva para la busqueda de la Libertad.

No estarían dispuestas a sacrificar libertades básicas, en beneficio de ganancias economicas. La clase de prioridad que se otorga a la Libertad es muy estricta. No es solo que siempre se concede a la Libertad mas peso en cualquier decisión que implique sacrificar algo, sino que no puede haber sacrificios. (Swift, 2016)

Relación de la lectura con el tema político a tratar

Concluye el cuatrienio para el interinato ¿qué sigue?

            El próximo 5 de enero de 2021 finaliza el periodo constitucional del Gobierno Interino encabezado por Juan Guaidó en Venezuela, a pesar de la presencia y poder de facto en el ejecutivo nacional de manera irrita, del dictador Nicolas Maduro. ¿Cómo hará el interinato para continuar con su gobierno, reconocido por mas de medio centenar de países, sin presentarse a procesos electorales, pero a su vez sin convertirse en un interinato inconstitucional? ¿Cómo a nivel social, en temas de distribución de recursos y libertades ciudadanas, piensa desenvolverse el interinato ya habiendo culminado su periodo?

            La política es la continuación de la guerra por otros medios, como indican varios autores; pero no por ello, ni por la situación que atraviesa Venezuela se debe dejar de lado el tema social en cuanto a la perspectiva de Justicia. Es por ello por lo que existe una comparativa entre los temas de Justicia Social descritos en el libro de Swift, como también de libertades de los ciudadanos venezolanos, en el marco de la existencia de un gobierno constitucional interino y un gobierno usurpador dictatorial, este último con un poder de facto. La existencia de prácticamente 2 gobiernos en Venezuela podría hacer pensar que los temas sociales y de libertades están a la orden del día en cuanto a lo positivo, pero al mirar el panorama comunicacional y de medios, podemos percibir que el escenario no es nada alentador para los ciudadanos del mencionado país.

Análisis critico

Antecedentes y Origen

            Para comprender el desenvolvimiento a nivel social y que políticas ha implementado el Gobierno Interino de Juan Guaidó, se debe remontar al origen de los órganos ejecutivos interinos y como surgieron a partir del año 2015, en las elecciones parlamentarias realizadas el 6 de diciembre de 2015, donde la oposición venezolana logró de manera contundente una victoria en la Asamblea Nacional, ahora de mayoría opositora. La Asamblea Nacional en ejercicio inició su cuatrienio en 5 de enero de 2016, con una nueva mayoría opositora. “Por primera vez en 16 años, la oposición venezolana tiene mayoría en la asamblea que tradicionalmente ha estado dominada por diputados oficialistas. En las elecciones del 6 de diciembre, fueron elegidos 112 diputados de oposición y 55 oficialistas.”  (Español, CNN, 2016)

Hemiciclo Asamblea Nacional - Venezuela
Recuperado de: https://thestandardcio.com/2015/11/26/gm-security-technologies-apuntala-operaciones-de-seguridad-en-mexico-y-puerto-rico/hemicicloan/


            El chavismo (oficialismo) en el mismo mes de diciembre del año 2015, observando que ha perdido el Parlamento, realiza una nueva designación de magistrados en el Tribunal Supremo de Justicia, con el fin de poder acomodar la corte suprema a su beneficio, para los movimientos políticos de los próximos años después de haber perdido la Asamblea Nacional. Pero muchos abogados constitucionalistas indicaron que este proceso interno del TSJ, fue ilegal y contrario a lo que establece la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

La ley exige un proceso que, según los abogados, no se cumplió: las impugnaciones pueden tomar hasta 26 días, el Comité de Evaluación de Postulaciones del Poder Ciudadano puede estudiarla por hasta 11 días y el Comité de Postulaciones del TSJ puede revisar la última lista por hasta 5 días.

Sin embargo, la lista de postulados –que debería ser el primer paso de un largo proceso– se publicó apenas el 8 de diciembre (2015), lo que para estos abogados muestra que los tiempos establecidos por la ley orgánica del TSJ no fueron respetados.

También han dicho que la designación –el 22 y 23 de diciembre, en sesiones extraordinarias– se produjo por fuera del periodo legislativo –que acabó el 15 de diciembre– a pesar de que las selecciones de magistrados no son consideradas de emergencia. (BBC News, 2015)

            Luego en el año 2018 se realizan unas elecciones presidenciales donde de manera inconstitucional queda reelecto Nicolas Maduro. “Catorce países de la región están en contra de las elecciones presidenciales de Venezuela, convocadas por el gobierno del presidente Nicolás Maduro, por considerarlas “ilegítimas” y carentes de credibilidad”. (CNN Español, 2018). Es a partir de este punto que el presidente de la Asamblea Nacional de mayoría opositora, amparado en los artículos 333, 350 y 233; el cual este último reza:

Cuando se produzca la falta absoluta del presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional. (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, s.f.)

            Es mediante estos artículos, que se alcanza el interinato presidido actualmente por Juan Guaidó en Venezuela, pero el cual su periodo constitucional culmina el 5 de enero de 2021.

Recuperación de activos, CITGO y Políticas de Distribución a Área de la Salud, durante el COVID

            Podríamos indicar que a nivel de Justicia, por parte del gobierno Interino encabezado por Guaidó, se han logrado recuperar ciertos activos de la República que se encuentran en el exterior, tal como el caso de la filial de Petroleos de Venezuela (PDVSA) en EE.UU, que lleva por nombre CITGO Petroleum Corporation. Acción jurídica y ejecutoria que se llevó acabo en pasado año 2019, pudiendo recuperar esta corporación; acción reconocida por EE.UU ante Guaidó, el cual además designó una nueva junta directiva que regirá esta corporación.

Sede CITGO EE.UU
Recuperado de: https://www.worldenergytrade.com/politica/america/citgo-en-mayor-riesgo-juez-de-ee-uu-dictamina-que-los-bonos-pdvsa-2020-son-validos

            Es importante la recuperación de esta filial de PDVSA, pues deja sin suministro de dinero a la dictadura venezolana, complicando así (aun mas) su estadía en el poder de facto. Pudiéndose considerar esta acción, como una acción de Justicia, que beneficiará a futuro a la población venezolana, en la reconstrucción del país y recuperación del estado de Derecho.

Banner Heroes de la Salud
Recuperado de: https://www.acn.com.ve/como-registrarse-plan-heroes-salud/

            Una acción redistributiva más directa y de emergencia, para apoyar al sector salud a palear la situación pandémica en Venezuela, ha sido el programa “Héroes de la Salud” encabezado y dirigido por el Gobierno Interino. El Secretario Ejecutivo de la Federación de Trabajadores Pablo Zambrano (2020), indica que “el gremio de la Salud, percibe un salario que oscila entre los 15 a 30 dólares mensuales”. Es por ello por lo que se crea este programa humanitario para apoyar al sector salud, el cual consiste en el registro de manera electrónica de todo el personal medico de la nación, con el fin de hacer un sondeo y transferir dineros públicos de manera individual a cada uno de estos individuos profesionales, durante 3 meses. (Presidencia Venezolana, 2020)

Conclusión

            Como se pudo observar, es muy complejo percibir las acciones legales que ejecuta a nivel social el Interinato presidido por Juan Guaidó en Venezuela. Existen diversos puntos y características para observar con detenimiento estas acciones, aunando, además, el hecho de la complejidad de ejercer cualquier proceso de Justicia por parte del Interino en pro a la búsqueda de la mitigación del malestar y calidad de vida del ciudadano venezolano en su república; debido los constantes bloqueos de redes de información y acceso a la misma, por parte de la dictadura venezolana hacia el ejecutivo del interinato.

            No es mucho lo que puede hacerse desde la capacidad que ha tenido Guaidó en los últimos meses directamente hacia la población venezolana, pero acercándose y faltando solo semanas para la finalización de su cuatrienio constitucional amparado por la constitución de Venezuela, ¿y generando una consulta popular que se llevará a cabo en diciembre 2020 para invalidar las elecciones parlamentarias convocadas por Maduro, le otorgará algún mecanismo para mantenerse en el poder de Interino sin convertirse en usurpador inconstitucional? Eso solo se sabrá el 5 de enero de 2021.


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